¿Qué es el Probate?
La mayoría de las personas en el estado de la Florida piensa que si muere teniendo un testamento, transferir su herencia será simple y fácil. Lo cierto es, sin embargo, que si una persona muere en Florida - con o sin un testamento válido - lo más probable es que la sucesión deba transitar por un proceso judicial denominado “Probate” para traspasar la titularidad de los bienes de herencia a nombre de los herederos.
Definido ampliamente, el “Probate” es un proceso legal supervisado por una Corte en los Estados Unidos cuyo propósito es el de identificar y clasificar los activos de una persona fallecida, pagar sus deudas e impuestos pendientes, y finalmente distribuir los activos a sus herederos o beneficiarios. La necesidad o no de este proceso de administración de bienes dependerá de la clase de activos que poseía el causante al momento de su muerte y del tipo de titularidad bajo la cual poseía los mismos.
Existen en Florida tres tipos de administración sucesoral, la Administración Formal, la Administración Sumaria y la Administración Auxiliar.
La Administración Formal
La Administración Formal del patrimonio sucesoral es el sistema más común en Florida. Si existe un testamento que expresa la voluntad del difunto de cómo distribuir sus bienes después de su muerte, éste se valida ante la Corte y el Representante Personal (designado en el testamento o por la Corte) procede a agrupar y a administrar los bienes del difunto, presentar cualquier declaración de impuestos federal y estatal requerida y pagar las deudas en su totalidad. Todo ello lo hace bajo la supervisión de la Corte hasta que los bienes del difunto sean puestos a nombre de los beneficiarios.
Si no existe testamento, la sucesión será tratada como “intestada” y salvo casos especiales, serían aplicadas las reglas generales sobre distribución de herencia y sucesiones del estatuto de Florida.
Una vez que se hayan distribuido los bienes y se hayan pagado las deudas e impuestos, el Representante Personal deberá presentar a la Corte un informe final para rendir sus cuentas junto con los documentos, comprobantes y registros correspondientes.
La Administración Sumaria
De manera excepcional, Florida permite llevar a cabo un procedimiento sumario o corto de administración - siempre y cuando los bienes del causante tengan un valor inferior a $75,000, o también en el caso en que hayan transcurrido más de dos años desde la fecha del fallecimiento del causante.
El solicitante interesado debe presentar a la Corte una “Petición para Administración Sumaria” firmada por el cónyuge sobreviviente y cualquier otro beneficiario, junto con el testamento (de existir). Dicha petición describe los bienes y sus valores y establece cómo serán distribuidos entre los beneficiarios. Dado que se trata de un procedimiento corto, no existe un Representante Personal - y en ausencia de un testamento que instruya la voluntad del difunto, la Corte concederá la propiedad directamente a los herederos legalmente reconocidos.
La Administración Auxiliar
Este tipo de administración es el que se aplica cuando un no-residente del estado de la Florida, fallece dejando bienes en el estado. En este caso, la Corte designa a una persona o a un abogado para que actúe como Representante Personal de la sucesión con autoridad para administrar los bienes que se encuentran en Florida. Una vez que el Representante Personal se encuentra facultado para actuar, el proceso de sucesión prosigue normalmente igual que en una Administración Formal.
¿Es en verdad el Probate un proceso engorroso?
En general, es frecuente escuchar cómo la sola palabra “Probate” puede llegar a evocar frustración en la mayoría de las personas que han tenido que lidiar con la administración y distribución del patrimonio de un ser querido al morir.
Quienes se refieren al mismo, lo catalogan como un proceso burocrático y costoso. Sin embargo, no en todos los casos el proceso de administración de la sucesión es algo poco deseable. De hecho, dado que el mismo es un proceso judicial, en algunos casos podría ser hasta recomendable, especialmente si los herederos aspiran obtener una orden judicial de distribución que ponga fin a cualquier rencilla que pudiese existir.
Sin embargo como todo proceso, el Probate también tiene sus inconvenientes y dentro de los más comunes se encuentran los siguientes:
La administración formal es un proceso largo y pesado que puede durar entre ocho meses y hasta dos años o más. Durante ese período los bienes de la sucesión no pueden ser distribuidos hasta que el último paso del proceso se haya cumplido.
Salvo cierta información que la Corte admite como confidencial, el proceso de “Probate” es público.
El proceso implica un costo significativo para los herederos, que incluye el pago de honorarios profesionales a los abogados y al Representante Personal, las tasas administrativas de la Corte, fotocopias, peritos, contadores públicos, etc.
En algunos casos, la Corte requiere que el Representante Personal solicite una autorización para tomar cada decisión administrativa, haciendo que el proceso se prolongue excesivamente.
Ciertamente en la mayoría de los casos, incluso si no se tiene un patrimonio cuantioso, el proceso de “Probate” puede tornarse largo, complejo y costoso. Por tanto, lo recomendable es que consulte a su abogado, quien podrá ayudarle a dar los pasos adecuados hacia una planificación patrimonial en vida que le permitan simplificar la distribución de la propiedad a sus herederos e incluso a evitar el proceso de “Probate”.
Ivania Oberti Naranjo, Esq.
La información contenida en este artículo es de carácter general y no debe considerarse como una asesoría legal. Antes de tomar alguna decisión relativa o relacionada con el material aquí expuesto, se le aconseja obtener asesoría legal a fin de solucionar su situación particular. El tema expuesto en este artículo no establece ninguna relación abogado-cliente entre Ioberti Legal y el lector.